DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
Hace un poco más de treinta años que se firmó la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN) fue suscrita por México el 26 de enero de 1990, ratificada el 21 de noviembre de 1990, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991. México ha ratificado los Protocolos Facultativos relativos a la participación de niños en los conflictos armados, a la venta de niños, la prostitución y la pornografía infantiles (ver: https://www.crin.org/node/38970) conviene recordar que niño/niña es una persona menor a dieciocho años.
A pesar de los años y del reconocimiento jurídico de estos derechos, algunos de los cuales no son apreciados en los establecimientos escolares de todos los niveles, la Secretaría de Educación Pública no informa con detalle del estado de los derechos de los niños en los planteles cuyo cuidado le asigna la ley. Por la parte jurídica se ha realizado un importante trabajo para completar poco a poco la instrumentación jurídica y práctica para la eficaz defensa de los derechos de los menores. Hoy es un país avanzado en este tema no sólo comparado con América Latina. Por ejemplo, en México un menor involucrado en un juicio puede hacer peticiones directamente al juez, sin mediar padres, abogados o representantes. Es decir, en los procesos la voz de los niños cuenta.
La escuela es un lugar dónde los derechos y, claro, las obligaciones de los niños, niñas y adolescentes son muy importantes pues es reciente la convicción de evitar y suprimir las relaciones autoritarias de educadores para con los estudiantes y, desde luego, el tratar con toda seriedad los excesos verbales y conductuales de los estudiantes, a fin de aprovecharlos para formar en el respeto, la consideración del otro, la escucha activa y en la aceptación de las consecuencias de los actos. De modo similar evitar los excesos verbales de los educadores y las educadoras y desde luego promover un trato tal que los estudiantes lo acepten como un mejor modo de relacionarse con la autoridad y con los mayores.
Desde luego no es fácil, pues el contexto social mexicano no ayuda mucho a comunicar el mensaje educativo, pedagógico y aun didáctico de modo sosegado y tranquilo. No quiere decir ignorar el mal comportamiento de algún, alguna estudiante, sino evitar controlarlo con cualquier fuerza verbal y menos física. Y menos amenazar con “mala” calificación, reprobación o castigo corporal, así sea el aun usual “no salir a recreo”. El derecho de los niños y niñas no es la otra cara de la violencia escolar. Son dos temas diferentes, a pesar de la costumbre de verlos como unidos.
Para tratar los comportamientos violentos las autoridades han diseñado numerosos protocolos, por cierto, no siempre respetuosos de los derechos de los niños. Respetar los derechos, por ejemplo, a hacerse escuchar, de los niños es tratarlos como personas cabales, con dignidad e identidad. Son humanos por los cuatro costados. Aun necesitan formarse y aprender entenderse a ellos mismos y a los demás, sí. Respetar sus derechos les ayuda grandemente a ese propósito. Entre otras cosas les ayuda a comprender al profesor, profesora, en lo intelectual y sobre todo en lo emocional.
*Doctor en Filosofía de la educación. Profesor emérito del Instituto Superior de Estudios Superiores de Occidente (ITESO). [email protected]