JEFE DE ESTADO Y DE GOBIERNO: AMLO
La capacidad para construir el mundo que soñamos depende del recorrido de cada uno de nosotros: de pasar del miedo, al amor, de empezar a creer en nosotros mismos y de ser capaces de dejar nuestros demonios atrás. “ser el cambio que queremos ver”. «Pero vamos a ver: ¿quién eres tú?» «Fausto. México está viviendo una de las peores crisis económicas del último siglo, La pandemia ha ubicado a la población en su realidad económica y de salud, por décadas como los estratos sociales se han empobrecido. Para la movilidad social y económica que debemos lograr en nuestro país, los ingresos de las familias por programas sociales no son un remedio real ni sostenible para eliminar la pobreza. Los jóvenes entre 18 y 35 años, identificada como millenials, en el mundo laboral y se prevé que para 2020 represente la mayoría de la fuerza laboral global. El 65% de los jóvenes entre 15 y 29 años no ha pensado en ahorrar para el momento de su jubilación. Muchos que no ven el retiro como una opción. Ningún se jubilará con una pensión. Cualquier persona que haya comenzado a cotizar en el IMSS después de 1997 se jubilará sólo con los recursos que haya acumulado en una Afore (ahorro). Las remesas recibidas para sostener esta crisis de millones de ciudadanos as consecuencia de la pandemia, desempleo y cierre de negocios.
La población ocupada llegó a 55 millones 242 mil, dos millones 269 mil más que en el primer trimestre de 2021, pero 80% de ellos se incorporaron al mercado laboral en condiciones de informalidad. “Los trabajadores informales sumaron 31 millones 24 mil hacia finales de junio, un millón 854 mil más que el trimestre anterior.” INEGI. Las personas ocupadas que tienen la necesidad y disponibilidad de ofertar más tiempo de trabajo de lo que su ocupación actual les demanda, conocida como población sub-ocupada, sumaron siete millones 332 mil en el segundo trimestre de este año, lo que significa un aumento de 11 mil 545 personas respecto al primer trimestre. EL 80% de los empleos nuevos carece de prestaciones y servicios de salud.
PENSIONES: “La aplicación de la ley del seguro de 1973 que serían de 10 salarios mínimos y en relación a la del 1997 de 25 salarios. “Las administración del sexenio del pacto por México y la desmantelan Pemex con la apertura de la oligarquía del FMI, y las nacionales dan la puntilla a la clase trabajadora de México. La pobreza: pasó de estar en 51.9 millones a 55.7 a finales del 2020. LAS Personas en pobreza extrema: de estar en 8.7 millones a 10.8 millones de mexicano. Personas en pobreza moderada: pasó de 43.2 millones a 44.9 millones. En total se sumaron 7.6 millones de personas a los diferentes niveles de pobreza en México. Los problemas de eficiencia, eficacia Y honestidad ante los recursos públicos que tengan un impacto social, comunitario y de desarrollo sustentable. De la administración pública de centralización por ejecutivo ha producido burocracia al servicio del gobierno en el poder ,así como la discrecionalidad de los recursos públicos y a la dependencias de sus 16 secretarias de Estado sustentadas en la ley orgánica de la administración pública federal.
Si empezaste a trabajar y a cotizar en el IMSS después de ese año –como es el caso de los millenials– tu jubilación dependerá sólo de lo que ahorres durante tu vida laboral. La CONSAR calcula que una persona con ingresos actuales de tres salarios mínimos con un ahorro de 10 pesos al día durante 40 años elevaría su tasa de reemplazo (el porcentaje del último salario al momento de retirarse que corresponde como jubilación) de 46 al 70 por ciento.
La retroactividad no puede ser negativa que perjudique a las personas en su situación de sus pensiones. La SCJN dio la resolución, con base en la Ley del Seguro Social anterior (1993) y en la actualmente vigente (1997), se determinó que aquellos trabajadores que entraron a trabajar antes de 1997 tendrán que decidir a qué régimen de pensión se sujetarán: al de la ley de 1973 o al de la nueva ley de 1997 la Suprema Corte, respetando la decisión tomada por el trabajador al momento de jubilarse, detalló las consecuencias que ya se encontraban contenidas en la ley correspondiente. El antes 97. El fallo de la 2a Sala en materia administrativa de la SCJN que establece que el tope que debe aplicarse a quienes se pensionen con la Ley del IMSS 1973 debe ser de 10 veces salarios mínimos, el mismo que aplica para los jubilados del ISSSTE, y no de 25 veces salarios mínimos. Aunque el tope de 25 salarios mínimos aplica sólo a quienes ganan más de 90 mil pesos al mes, el fallo afectará a todos los trabajadores que hoy ganan más de 10 salarios mínimos o 36 mil pesos mensuales y que comenzaron a cotizar en el IMSS antes de julio de 1997, cuando se modificó la ley con el nuevo sistema de aportaciones individuales a las afore. Este tope máximo en la pensión se aplicaría en forma retroactiva NEGATIVA, lo que, en principio, es inconstitucional. SI decide acogerse al régimen de la ley de 1973, el tope aplicable es el de 10 veces el salario mínimo a su pensión que obtiene de manera vitalicia. Si el trabajador opta por el régimen de la ley de 1997, actualmente vigente, le aplicará el tope de 25 veces el salario mínimo a su pensión, hasta el límite de lo ahorrado en su cuenta individual, es decir, de lo acumulado en su afore. No se cuenta con recursos suficientes.