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APARTADO AMBIENTAL DEL T-MEC SERÁ CONFECCIONADO POR ADENDAS JURÍDICAS.

El tema ambiental contemplado en el Tratado Económico de América del Norte (T-MEC), deberá cumplir con normas más estrictas a favor de la ecología, a decir del Académico especializado en Derecho Ambiental de la Universidad Panamericana (UP), Prof. Luis Gerardo González Blanquet.

APARTADO AMBIENTAL DEL T-MEC SERÁ CONFECCIONADO POR ADENDAS JURÍDICAS.
Catedrático de la Universidad Panamericana (UP), especialista en Derecho Ambiental, Prof. Luis Gerardo González Blanquet.

El nuevo tratado comercial (T-MEC) signado entre Estados Unidos, Canadá y México es muy diferente al compromiso contraído de manera tripartita hace 26 años, cuando el entonces Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), contemplaba acuerdos e intensiones de manera más flexibles, de allí el concepto de Libre Comercio.

El actual T-MEC es una herramienta diferente, con carácter vinculante, así lo explica el catedrático, “Se trata de un solo instrumento que en términos legales es llamado vinculante, ya no contempla cuestiones que se rigen de buena fe, ahora si contempla obligaciones que se deben cumplir, situaciones de las cuales también tendremos beneficios en este intercambio de mercancías entre los tres países de América del Norte”.

El TLCAN es el antecedente inmediato de lo que se ha convertido en el T-MEC; era el año de 1994 cuando se colocaban los lineamientos elementales para un libre intercambio de mercancías entre los tres países; y es entonces cuando el tema ambiental es tomado en cuenta, “aparece un apartado que fue denominado, El Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte y desde ese momento los temas ambientales comenzaron a llamar la atención, para establecer reglas claras que vincularon al comercio con el medio ambiente, dos situaciones que van de la mano” dijo el académico.

Si bien es cierto el marco jurídico en esta materia, en México es relativamente nuevo; también es cierto que las leyes en materia Ambiental aplicadas en el país azteca se basan en normas internacionales. “Podemos citar ejemplos muy claros” dijo el académico. “nuestra legislación se basa en legislación internacional, como país fuimos el segundo en contar con la Ley General de Cambio Climático, solamente después del Reino Unido, correspondiente al año 2012; también la Ley General de Responsabilidad Ambiental, que tiene que ver con figuras legales nuevas como la responsabilidad solidaria en tema de empresa y que responsabiliza la omisión de la responsabilidad comercial y ambiental; como parte novedoso para México, se verá obligado a actualizar su marco jurídico”.

CUIDADO AMBIENTAL ES CUIDAR LA VIDA

APARTADO AMBIENTAL DEL T-MEC SERÁ CONFECCIONADO POR ADENDAS JURÍDICAS.“Ya no se trata de que las autoridades actúen de buena voluntad, deben ser duros en la aplicación del marco jurídico, porque hablar del medio ambiente no es hablar solamente de consecuencias en cosas, hablamos de vida” resaltó González Blanquet.

En el capitulo 24 del T-MEC refente al Medio Ambiente, se define claramente la participación tripartita de los países y la obligación al cumplimiento de la Ley internacional; por ejemplo el Convenio Internacional de Fauna y Flora Silvestre.

Existen otros muchos dependiendo de las áreas ambientales, entre estos denominados, Acuerdos de Cooperación Ambiental (ACA´s), que actualiza el marco jurídico, lleva en consecuencia la aplicación de sanciones. Otro de ellos es, el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación Marina, la Preservación de sitios Ramsar, mismos que de manera independiente deberán generar las correspondientes adendas que definan puntualmente la injerencia gubernamental y las consecuencias legales.

Las adendas, termino técnico que define las disposiciones de cumplimiento obligatorio cuando existe una controversia entre el comercio por el cuidado de sus recursos naturales, sin anteponer el comercio sin el cumplimiento de las leyes ambientales.

APARTADO AMBIENTAL DEL T-MEC SERÁ CONFECCIONADO POR ADENDAS JURÍDICAS.Se puede citar el caso de la exportación de aguacate, considerado oro verde en el vecino país del norte, mientras que en nuestro país, los constantes cambios de uso de suelo de manera irregular, tal fue el caso lamentable de San Gabriel, que provocó un alud, cobro la vida de inocentes y además dejó una impunidad, además de haber causado un ecocidio en la región; con la entrada en vigor del T-MEC, el cambio de usos de suelo premeditado e ilegal y que afecta el entorno, puede ser sancionado, según la Ley ambiental, hasta con 6,000 UMAS (Unidades de Medidas y Actualización).

Para México, ser competitivo en materia comercial con sus socios de América de Norte, dependerá no solamente de la calidad de sus productos, precios atractivos, capacitación tecnológica y actualización, sino del cumplimiento legal ecológico, como contexto prioritario en una cadena productiva.

Para ello, no solamente juegan un papel preponderante las instituciones oficiales de los diferentes ámbitos de gobierno, sino que, a esta estructura hasta hoy burocrática, se sumaran observadores internacionales, denominados “Agregados”, se trata de personal comisionado por cada país para observar y vigilar los diversos aspectos especializados en materia ambiental, con facultades para revisar las leyes en cada país, podrán señalar y hasta denunciar las violaciones y afectaciones ambientales.

Se trata de personal asignado y subsidiados por sus respectivos gobiernos, conformados por funcionarios, estudiantes, científicos y observadores ciudadanos, elevando el nivel de agregados a una especie de ministros en la materia, con autonomía para actuar y llevar a cabo las diligencias, así como las correspondientes denuncias, de manera objetiva a fin de evitar caer en corrupción.

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