LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES, UN TRÁMITE MÁS
La Ley General de Responsabilidades Administrativas contempla como falta administrativa no grave, el presentar la declaración patrimonial fuera de tiempo; las sanciones pueden ir desde una amonestación, hasta la destitución o inhabilitación temporal para desempeñarse como servidor público.
Preguntas frecuentes sobre la Declaración Patrimonial y de Intereses
Una vez más, como siempre ha sido cuando se quieren imponer normas, leyes y reglamentos al magisterio, surge en las escuelas la amenaza y la intimidación para quienes no realicen su Declaración Patrimonial y de Intereses, de lo cual serán objeto de cese la función de su plaza sino la realizan, aseveración por demás falsa pero bien utilizada por la rumorología provocada por la desinformación o falta de conocimiento del proceso; sabemos que dicha medida sólo era para funcionarios de alto rango pero desde hace dos años se aplica para todos los servidores públicos, lo mismo a un trabajador administrativo o de servicios, a un docente y hasta el propio Presidente.
Obviamente que la medida ha causado controversia, sobre todo porque no es la misma responsabilidad o la posibilidad de cometer actos de corrupción de un trabajador que sólo tiene la comisión de mantener limpia un área de una institución y cuyos recursos para el aseo le son entregados por sus supervisores y nunca, o casi nunca, esta persona maneja dinero para su compra, a aquel funcionario que es responsable del manejo de recursos humanos, materiales y financieros (que son justamente las áreas donde se concentran los mayores actos de corrupción sabidos, comprobados y no sancionados).
El límite de tiempo para realizar la ACTUALIZACIÓN de la DECLARACIÓN cerró el pasado 31 de mayo, después de esa fecha se puede realizar pero aparece el trámite como EXTEMPORÁNEO en la plataforma y es entonces, si no se realiza o se realiza posterior a la fecha límite se cae en dicha irregularidad y ésta, aunque NO ES GRAVE (según la Normatividad), se convierte en otro PETATE DEL MUERTO como tantos que hay en la vida magisterial, más allá de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
En días pasados, según como se haya manejado la información, desde las Secciónes 16 y 47 del SNTE informaron a los trabajadores de la educación que habían negociado con el gobierno del estado (caso de Jalisco) la ampliación de plazo para presentar la declaración de manera extemporánea, aunque lo cierto es que esta modalidad existe sin que medie ningún tipo de negociación, a ambas Secciones (a lo sumo) les corresponde avisar a los trabajadores de dicha posibilidad pero no más.
La realidad es que existen tres modalidades para presentar la DECLARACIÓN, de INICIO, MODIFICACIÓN y CONCLUSIÓN, la primera se realiza cuando el funcionario se inicia en la función y tiene hasta 60 días para ello, la modificación se hace año con año durante el mes de mayo y la conclusión, cuando acaba la función y hasta 60 días después de dejado el cargo, cualquier situación que se realiza o no en esos términos puede generar sanciones y éstas van desde apercibimientos, amonestaciones y, en el caso de reincidencia, hasta sanciones económicas o separación del cargo de manera temporal.
También, y de acuerdo a la responsabilidad del funcionario público existen dos FORMATOS, el SIMPLIFICADO que está dirigido para quienes realizan una función operativa (en el caso de educación para docentes, personal administrativo y de servicios) y el EXTENDIDO dirigido a quienes son responsables de jefaturas, direcciones y puestos de mayor responsabilidad (en educación a directivos, supervisores, jefes de sector y toda la gama de funcionarios con puesto directivo en las oficinas de la SEJ).
Sabemos que medidas generales sólo traen controversia e inconformidad, principalmente porque, y de acuerdo a diferentes informes sobre el uso, manejo y acceso a medios digitales en el magisterio, estos no cubren el 100% de escuelas, en las zonas rurales es mucho más grave y, sin embargo, la DECLARACIÓN se tiene que realizar DIGITAMENTE, qué decir de los trabajadores de la educación no docente, la problemática es aún mayor. De igual manera, qué se le puede investigar a un trabajador de la educación que gana menos de 10 mil pesos mensuales y que de acuerdo a los datos presentados recientemente por la SEP hacen un total 123,259 docentes en el país, la labor (en este caso y otros más) del SNTE (más allá de presumir acuerdos para flexibilizar el trámite) tendría que centrarse en exigir al gobierno este tipo de acciones, ya que no sólo le quita el tiempo al magisterio, sino que los distrae de las verdaderas acciones donde deberían estar concentrados, pero en fin, así las cosas con el magisterio, sus representantes y la ausencia de sentido crítico con la realidad que les rodea.
*Editor de la Revista Educ@rnos. jaimenavs@hotmail.com