Según la señora Adriana, (denunciante) y quien es la madre de una menor, producto de su matrimonio con el señor Jonathan; lo conveniado en un principio ha ido degenerando, al grado que, derivó en violencia familiar, principalmente violencia psicológica y violencia de género y que esta se ejerce a partir de pautas sistemáticas, sutiles y, en algunas ocasiones, imperceptibles para terceros, que amenazan la madurez psicológica de una persona y su capacidad de autogestión y desarrollo personal.
Lo anterior asentado en la carpeta de investigación número 73630/2023 que el agente del ministerio público adscrito a la agencia 3 del Centro de Justicia para las Mujeres en Guadalajara, tiene en su poder.
En el documento, la madre afectada explica las repercusiones de que es víctima, “la violencia cometida por JHONATHAN…, es una violencia de género de tipo psicológica, porque propicia el rechazo de mi menor hija hacia mi persona, lo que además de generar en ella sentimientos de abandono, marginación, depresión y aislamiento. También conlleva a que el actuar de JHONATHAN… sea negligente en lo que se refiere a los cuidados de nuestra menor hija. Y finalmente, esas mismas conductas causan una afectación a mi estabilidad y salud, que me provocan depresión” dijo.
Con fecha 22 de octubre de 2021, el Juzgado Décimo Cuarto de lo Familiar, dentro del expediente 1412/2021, dictó sentencia en la que se decretó el divorcio, y así también elevó a este carácter de sentencia el convenio celebrado entre el ahora denunciado y la madre de la menor. En dicho convenio, dentro de otras cosas se estableció que se pagarían alimentos en favor de la menor, los que a la fecha no ha cumplido.
Así explica la abogada defensora, Yazmín Contreras, los pormenores de este singular caso; “desde el pasado 29 de septiembre presentamos una denuncia por violencia en contra de mi clienta, Adriana; se dictaron las medidas de protección a su favor, derivando a la hija menor como víctima secundaria, caso que es del conocimiento de la fiscalía. Con el respaldo de dos psicólogas profesionales y especialistas en la materia. Solicitamos al juez de lo familiar, Ricardo Sánchez Carrillo, que suspendiera las convivencias previamente concedidas en el convenio de divorcio ya que la menor hija ya presentaba diferentes indicadores que advertían de una afectación, como la perdida de sueño, problemas para socializar, agredía a la mamá y le decía que era mala, así se lo había dicho su papá; argumentándole que era mala porque la tenía en una escuela fea, el padre constantemente disuadía a la menor, cuestionándole que para que iba a la escuela y que no fuera, de lo cual quedó una constancia en el plantel educativo a donde asiste la niña”, explicó la defensora.
Los antecedentes registrados, razonados, motivados y fundamentados, fueron pasados por alto o minimizados por el juez asignado al caso; “todas estas constancias y pruebas se le presentaron al juez solicitándole la suspensión de estas convivencias o que las decretara de manera supervisada; más aún que se tiene el temor fundado de que la niña fuera sustraída por el progenitor, en virtud de que el papá tiene la doble nacionalidad, mexicana y estadounidense. Además de tener retenida la visa y el pasaporte de la menor. No obstante, de que la mamá tiene concedida la guarda y custodia absoluta de la menor y las convivencias solamente están decretadas a favor del papá”, relata la abogada.
Ante la indiferencia mostrada por el juez citado, de haber recibido la denuncia de la agraviada sin mayor revisión de lo externado en el documento, alertó y preocupó a la defensa y a la madre de la niña; “el juez solamente admitió el escrito y lo dio por recibido, no señala nada ni manifiesta nada respecto a las medidas de seguridad, solicitadas por la defensa, como medidas precautorias. Contrariamente y de manera arbitraria y sin atender la petición de los demandantes, ordena el cumplimiento forzoso de las convivencias”.
Resultado de esta resolución irresponsable, este jueves, con lujo de prepotencia y ofensiva, la secretario del juzgado, de nombre Sandra Isabel Garnica Navarro, arremetió de manera verbal contra la madre demandante, consciente de que existe la suspensión por parte del ministerio público sobre estas convivencias, el conocimiento de la medida de restricción del señor, aun así, ejecutan.
“Actualmente ya no se sabe en dónde se encuentra la menor, el señor contactado vía telefónica, se niega a revelar en dónde está, en la última llamada, el hombre puso en la línea a la menor (4 añitos) para que dijera que estaba bien y se encuentra en un lugar donde hay muchos juegos, pero sin decir en dónde se encuentra la menor.
Las irregularidades detectadas durante el proceso judicial resultan alarmantes, ya que el derecho de la menor simplemente, parece haber sido omitido por el juzgador, fomentando con su resolución, que el progenitor cometa el delito de sustracción de menor, según se contempla en el Código Penal para el Estado de Jalisco.
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