MEDIO AMBIENTEPOLÍTICAREPÚBLICA

OTORGAN AMPARO PROVISIONAL CONTRA DECRETO A FAVOR DEL GLIFOSATO Y MAÍZ TRANSGÉNICO

OTORGAN AMPARO PROVISIONAL CONTRA DECRETO A FAVOR DEL GLIFOSATO Y MAÍZ TRANSGÉNICOEl 31 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto que establece acciones para toda la Administración Pública Federal, a fin de sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de glifosato, por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas.

El objetivo del Decreto es el de alcanzar la autosuficiencia y la soberanía alimentaria, debido a que nuestro país debe orientarse a establecer una producción agrícola sostenible y culturalmente adecuada, mediante el uso de prácticas e insumos agroecológicos que resulten seguros para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente, así como congruentes con las tradiciones agrícolas de México.

El glifosato es un herbicida utilizado en la agricultura, silvicultura, limpieza de orillas de caminos, control de enervantes y jardinería. Diversos estudios científicos documentan el impacto nocivo en la salud humana y el ambiente de este agroquímico que también está clasificado como “probablemente cancerígeno para los humanos” por la Organización Mundial de la Salud.

OTORGAN AMPARO PROVISIONAL CONTRA DECRETO A FAVOR DEL GLIFOSATO Y MAÍZ TRANSGÉNICOEl pasado 19 de abril se recibió en la Semarnat el juicio de amparo 313/2021, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en contra del Decreto Glifosato – Maíz genéticamente modificado.

Ante este acto, el pasado 21 de abril la Semarnat interpuso el recurso de queja y rindió el informe previo, donde señala la improcedencia de la suspensión con base en que:

  • No es aplicable en contra de leyes, decretos, reglamentos o disposiciones de observancia general, ya que eso se opondría a cuestiones de orden público e interés social.
  • El Decreto está dirigido a la Administración Pública Federal y no hacia particulares.
  • El principio de precaución al que se sujeta el Decreto corresponde a la prevención de daños graves o irreversibles, mismos que se buscan controlar y eliminar a través de la producción agrícola sostenible y culturalmente adecuada, lo que también favorecerá la autosuficiencia y soberanía alimentaria.

OTORGAN AMPARO PROVISIONAL CONTRA DECRETO A FAVOR DEL GLIFOSATO Y MAÍZ TRANSGÉNICOSe destaca un criterio del Poder Judicial de la Federación, a través de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto al amparo en revisión 307/2016, que señala como concepto de mayor importancia del principio de precaución al riesgo ambiental, mencionando que:

  • La toma de decisiones jurisdiccionales es constitucional ante riesgos ambientales; aunque no se tenga certeza científica o técnica al respecto, prevalecen las medidas para salvaguardar el medio ambiente.

Además, el Decreto cuenta, entre otros sustentos, con el de principio precautorio; cuestionamientos nacionales e internacionales sobre el daño que causa el uso del glifosato a la salud y al ambiente; acumulación y persistencia en suelos y agua y afectaciones en la biota en cuerpos de agua, caída de población de insectos y efectos nocivos en polinizadores; efectos de la elevada exposición humana al glifosato con estudios; seguridad alimentaria; regulaciones en otros países para limitar o eliminar su uso; juicios contra la empresa quejosa a partir de los daños ocasionados a la salud por dicha sustancia; y juicios de amparo en los cuales se ha negado la suspensión como un hecho notorio.

Por lo anterior, la Semarnat siempre estará firme y con los elementos necesarios para defender el Decreto ante las argucias e intereses de particulares que atentan contra la vida y el derecho a un medio ambiente sano para las y los mexicanos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *